Documento de Actividades del Doctorando

Una vez matriculado en el Programa, se materializará para cada doctorando un documento de actividades personalizado a efectos del registro individualizado. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorando y será evaluado anualmente por la CAPD.

Dicho documento deberá ajustarse al formato establecido en la universidad, se registrará en la aplicación informática y deberá quedar constancia documental que acredite la realización de las actividades realizadas por el doctorando.

El doctorando tendrá acceso al Documento de Actividades del Doctorando para anotar y actualizar las actividades que realice en el contexto del programa. Sus registros serán validados por el órgano académico correspondiente tras la valoración del Tutor y del Director, previa comprobación por parte de la administración de la autenticidad/veracidad de los méritos alegados, de ser el caso.

Al Documento de Actividades del Doctorando tendrán acceso, para las funciones que correspondan en cada caso, el doctorando, su Tutor o su Director de tesis, la Comisión Académica del Programa de Doctorado, la unidad responsable de los estudios de doctorado de la universidad y el personal de administración responsable.

 

Plan de Investigación

Antes de seis meses a contar desde la fecha de matrícula el doctorando elaborará un Plan de Investigación que incluirá la metodología que empleará y los objetivos que se han de alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para alcanzarlos. El plan deberá ser presentado y avalado con un informe del Director y del Tutor y deberá ser aprobado por la CAPD. Este plan se podrá mejorar y detallar en el proceso de evaluación anual contando con el aval del Tutor y del Director.

Anualmente la CAPD evaluará el Plan de investigación y el Documento de Actividades a partir de la valoración previa (emitida en forma de informe) que a tal efecto emitirán el tutor y el Director.

La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el Programa. En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en un plazo de seis meses, para lo que elaborará un nuevo Plan de Investigación. En el caso de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva del Programa.

 

Compromiso de supervisión

Las funciones de supervisión, tutela y seguimiento de los doctorandos se reflejará en un Compromiso de supervisión. Dicho compromiso será firmado por un representante específico diseñado por la universidad, el Tutor y el doctorando en un plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la matrícula, incorporándose la firma del Director en el momento de su designación. Este Compromiso de supervisión se incorpora al Documento de Actividades del Doctorado en el momento de su firma por todos los implicados.

En el Compromiso de supervisión se especificará la relación académica entre el doctorando y la universidad, sus derechos y deberes, incluyendo los posibles derechos de propiedad intelectual y/o industrial derivados de la investigación, así como la aceptación del procedimiento de resolución de conflictos y la duración del mismo. Se incluirán también los deberes del Tutor del doctorando y de su Director de tesis.

En el compromiso de supervisión deberán figurar las condiciones en las que se publicará la tesis de doctorado.

 

Defensa anual del Plan de Investigación

Anualmente el CAPD revisará y actualizará el Documento de Actividades del doctorando/a; para eso pedirá al estudiantado los certificados de aquellas actividades que realice a lo largo del curso académico. La Comisión valorará dichas actividades y las reconocerá o no como actividades formativas del Programa de Doctorado.

Anualmente, cada alumno/a deberá realizar la defensa del grado de consecución y desviaciones de su Plan de Investigación, a través de la Defensa Anual del Plan de Investigación.